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Seguro complementario de salud: conoce sus beneficios

Conoce los beneficios de contar con un seguro complementario de salud para cubrir tus gastos médicos.


Contar con un seguro complementario de salud es muy útil. Este ayuda a solventar parte de los gastos médicos de una persona y sus cargas familiares, otorgando un beneficio económico muy requerido en el país.

Si estás pensando en contratar uno, no dejes de leer este artículo. Aquí te contamos más sobre los seguros complementarios, sus beneficios y quienes pueden acceder a ellos. 

¿Qué es un seguro complementario de salud?

Los seguros complementarios de salud tienen la finalidad de cubrir los gastos médicos de la persona que esté asegurada. Por medio de un contrato, la aseguradora se compromete a costear parte de la consulta médica, el tratamiento, hospitalizaciones y/o los medicamentos del asegurado y sus cargas. 

Su nombre “complementario” deriva de su objetivo, que es cubrir tus gastos médicos complementándose el beneficio con el plan de salud que tengas, sea Isapre o Fonasa. El porcentaje de cobertura y en qué situaciones procederá el reembolso o copago, dependerá del plan que hayas contratado tú de forma particular o con el cual haya hecho el convenio tu empresa de trabajo.

La contratación de un seguro complementario es totalmente voluntario en nuestro país. Las únicas obligaciones que tiene una persona es estar afiliado a un plan de Isapre o ser beneficiario de Fonasa y estar en los tramos A, B, C o D, dependiendo de su remuneración.

En términos generales, la protección de los seguros complementarios contempla un capital del que dispone el asegurado. En la gran mayoría debe pagar deducible (un monto de dinero que no es indemnizado) y, en ocasiones, existen exclusiones médicas que no son cubiertas por el seguro, además de algunos beneficios con centros médicos o farmacias con que la aseguradora tenga convenio. 

Tipos de seguro complementario de salud

En Chile existen dos tipos de seguros complementarios de salud: el individual y el colectivo. Si bien, ambos están enfocados en ayudarte con los gastos médicos, estos se diferencia en quien realiza y paga la contratación del seguro

  • Seguro complementario de salud individual: Es aquel que puedes contratar como persona única o para tu grupo familiar. Debes pagar mensualmente el plan de salud y así asegurar tu cobertura. Este puede contratarse de forma anual y renovarse según los términos que tenga la aseguradora. 
  • Seguro complementario de salud colectivo: Este puede ser contratado por empleadores, asociaciones, sindicatos y otras agrupaciones. Suele ser presentado como un beneficio de salud para sus colaboradores. Existen seguros complementarios para equipos desde 5 personas y este solo estará vigente mientras te encuentres contratado por la empresa, o hasta que el empleador decida dar fin al contrato con la aseguradora. 

Beneficios del seguro complementario de salud

  • Pagarás menos en tus consultas médicas, exámenes y hospitalizaciones.
  • Podrás tener un mejor acceso a la salud.
  • Protegerás tu salud y la de tu familia.
  • Sentirás una mayor tranquilidad y seguridad.
  • En algunos casos, podrás aprovechar los beneficios en farmacias y laboratorios para pagar menos 

La importancia de cotizar

Contratar un seguro complementario de salud sea para una empresa, organización, tu familia o solo para ti, es una decisión importante. En el mercado existen muchas aseguradoras que ofrecen distintos tipos de coberturas y beneficios a distintos precios, acomodándose al bolsillo de cada persona. 

Para contratar el mejor, se debe dedicar tiempo a revisar los términos y condiciones que ofrece cada aseguradora y si estos son compatibles con tu Isapre o Fonasa.  Algunos de los factores que debes considerar son:

  • El territorio que cubre el seguro: regional, nacional o internacional.
  • A quiénes o cuántas personas pretendes incluir en el seguro.
  • Qué tramos etarios cubren los seguros. En algunos no puedes incluir como carga a personas mayores de edad.
  • Si considera la cobertura de preexistencia.
  • Clínicas u hospitales con que tenga convenio el seguro.

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